jueves, 30 de septiembre de 2010

FGR: Retardo procesal en el caso de José Sánchez Montiel (Mazuco) no es imputable al Ministerio Público


La Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, explicó que en el caso del ex secretario de Seguridad y Defensa Ciudadana de la Gobernación del estado Zulia, José Sánchez Montiel (Mazuco), el Ministerio Público (MP) cumplió con todos los lapsos establecidos legalmente, razón por la que no se le puede dar responsabilidad alguna en el retardo procesal a la Institución a su cargo.

 

Ortega Díaz destacó que el Ministerio Público acusó a quien ahora resultó electo diputado a la Asamblea Nacional, en el lapso establecido en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), que otorga 30 días, más una prórroga de 15 días, para la presentación del acto conclusivo.

 

Durante el programa "En Sintonía con el Ministerio Público", dijo que en el caso de que la Institución que preside no cumpla con el lapso legal referido, el imputado queda en libertad.

 

En ese sentido, la Fiscal General recalcó que el Ministerio Público actuó en este caso con la diligencia de siempre, es decir, se presentó la acusación en el tiempo estipulado.

 

"Una vez presentada la acusación, ya el caso sale de la esfera del Ministerio Público y pasa a los tribunales de control, a los cuales le corresponde fijar la oportunidad para que se realice la audiencia preliminar. Allí, se ventilará si la acusación llega a los extremos legales, si los elementos de convicción y de pruebas ofrecidas son pertinentes y legales para que el juez convoque a una audiencia preliminar", especificó Ortega Díaz.

 

Señaló que una vez que se realizó la audiencia preliminar, el 7 de julio de 2009, y fue ordenado el enjuiciamiento de Sánchez, al admitirse la acusación por los delitos de homicidio intencional calificado con alevosía y privación ilegítima de libertad, ambos en grado de cómplice necesario, los fiscales han concurrido a todas las audiencias.

 

Refirió que el retardo procesal no ha sido por falta del Ministerio Público en este caso. Como se recordará, Sánchez Montiel fue aprehendido en su despacho el 15 de septiembre de 2007, por funcionarios de la Guardia Nacional y del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), en atención a la orden de aprehensión solicitada por el MP y acordada por el Tribunal de 4° de Control de Zulia.

 

La medida requerida por el Ministerio Público se tramitó con fundamento en el Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de la investigación iniciada por la muerte del funcionario de la Dirección de Inteligencia Militar, Claudio Macías, ocurrida en una celda del Internado Judicial El Marite, Zulia, donde permanecía detenido tras ser aprehendido el 07 de agosto de 2007, por funcionarios de la Policía Regional, ante supuestas amenazas y uso indebido de arma de fuego.

 

Fuente: Ministerio Público

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